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¿Seguro de enfermedad o de salud?

¿Seguro de enfermedad o de salud?

Toda demanda legítima de más servicios debe exigir, al mismo tiempo, la atención primaria establecida en la Ley 87-01, porque es el único camino seguro para aumentar la cobertura, reducir los copagos, garantizar la calidad y oportunidad, y elevar la satisfacción de la gente

La falta de información veraz y de orientación oportuna sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) constituye uno de los mayores obstáculos para que los afiliados puedan ejercer sus derechos y deberes, y someter propuestas viables y sostenibles en pos de una reforma integral de la Ley 87-01.

Los Seguros Sociales constituyen un derecho laboral y solo incluyen a los trabajadores asalariados y a sus familiares. En cambio, la Seguridad Social protege a todas las personas, sin distinción, porque es un derecho humano universal. El objetivo fundamental del Sistema es garantizar la protección social de todos los dominicanos.

Un derecho humano vital implica la capacidad de cualquier individuo para exigir, en igualdad de condiciones y en cualquier momento y circunstancia, sí o sí, el disfrute de los servicios y prestaciones definidas. No se trata de una asistencia social incierta, sino del acceso seguro e incondicional.

Pero, en este mundo mercantilizado, el disfrute real de cualquier derecho sólo es posible cuando se cuenta con los recursos necesarios para garantizarlo. Un “derecho”, carente de los recursos y de su control por parte del derechohabiente, termina siendo una simple promesa, sin responsabilidad real del proveedor y sujeto a su completa discreción. Es lo que ocurre frecuentemente en los servicios públicos “gratuitos”.

Para asegurar el acceso al cuidado de la salud como un derecho, la Ley 87-01 dispuso para el Régimen Contributivo, una cotización del 10% del salario: un 3% descontado al trabajador y un 7% aportado por su empleador. Pero en la práctica, el financiamiento del Plan Básico de Salud (PBS) se ha reducido, debido a varios factores:

a) Los bajos salarios de más del 75% de los trabajadores

b) Un alto nivel de evasión: trabajadores no afiliados

c) Un grado elevado de elusión: reporte de salarios inferiores a los reales

d) La auto exclusión del SDSS de instituciones autónomas con altos salarios

Estos cuatro factores limitan la cobertura del PBS, excluyendo servicios demandados por la población. Pero, la mayor limitante proviene de la vigencia de un modelo de atención curativo, ineficiente y muy costoso. Obviamente, ante recursos limitados, a mayor costo unitario de los servicios, menor cobertura del Plan, y viceversa.

Es imposible cubrir el 100% de una atención médica tan costosa, con sólo el 10% donde la mayoría de los salarios son de subsistencia. Incluso, con el agravante de que, con gran frecuencia, la inflación del sector salud crece más rápidamente que el nivel promedio de los salarios, erosionando el equilibrio y la sostenibilidad del PBS.

La falta de atención primaria le cuesta a los afiliados 65,000 millones

Para evitar esta limitante, la Ley: a) dispuso sustituir el seguro de enfermedad por un seguro de salud; b) estableció la atención primaria como la puerta de acceso a la red de servicios; y c) priorizó la estrategia de promoción y prevención, para elevar la salud y el bienestar general, y agregar nuevos servicios, eliminando costos innecesarios.

La no aplicación de estas reformas dispuestas por la Ley, ha generado un desequilibrio financiero que se cubre con una cobertura estancada y con copagos ilegales. Contrario al objetivo de la Seguridad Social, tenemos un gasto de bolsillo anual del 43% del total, superior al presupuesto público para la salud de las personas, y un copago de poco más de 65,000 millones de pesos este año.

No es posible un aumento general de salarios, en una economía cuyos empleos dependen del turismo, de las zonas francas y de decenas de miles de pequeñas empresas de baja productividad. Se está fortaleciendo la capacidad para detectar y penalizar la evasión y elusión y urge eliminar la auto exclusión de los planes de salud y de pensiones.

Pero ello no será suficiente. Toda demanda legítima de más servicios debe exigir, al mismo tiempo y con igual energía, aplicar estas reformas, porque es el único camino seguro para aumentar los servicios, reducir los copagos, garantizar la calidad y oportunidad de los demás servicios, y elevar la satisfacción de la gente.

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